Domingo, 28 De Abril De 2024 10:36

Suscribite gratis

Recibí en tu email las noticias más importantes de Balcarce

La Defensoría del Pueblo presentó amparo para declarar inconstitucional el DNU de Milei

La sede local de la Defensoría del Pueblo, suscribió a la acción realizada por su titular en la Provincia de Buenos Aires, Guido Lorenzino, en la presentación de un amparo contra el Estado Nacional para que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad absoluta del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), dictado por el Presidente Javier Milei el pasado 20 de diciembre.

La justificación de esta acción, llevada adelante por la Defensoría fue debido a que el mencionado DNU "se dictó con el objetivo de eludir la participación del Congreso de la Nación. Además, viola la separación de poderes y el orden democrático".

“La decisión del Presidente de la Nación, Javier Milei, de modificar aproximadamente 300 leyes, algo expresamente prohibido por el artículo 99 de la Constitución Nacional, nos pone ante una situación institucional grave, inédita, excepcionalísima para uno de los pilares de nuestra Constitución: la forma republicana de gobierno”, manifestaron desde la entidad.

Según continúa la comunicación: "el decreto 70/23 es manifiestamente inconstitucional porque el Poder Ejecutivo usurpó atribuciones por fuera de las causas expresa y restrictivamente enumeradas por la Constitución: 'podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia solamente cuando circunstancias excepciones hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes y no se trate de normas que regulen material penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos'”.

"Además, viola de modo flagrante los presupuestos y las condiciones constitucionales de emisión. La inconstitucionalidad resulta patente, evidente o manifiesta, por cuanto no exige medidas de prueba para comprobar la falta de adecuación del mismo con las reglas y principios fijados expresamente por la Constitución".

Ejes de la presentación para que se declare la inconstitucionalidad y nulidad del DNU:

- Es inconstitucional por cuanto se dictó para atender cuestiones permanentes y no meramente coyunturales o transitorias.

- Viola la separación de poderes, así como el orden democrático en tanto suprime la función del Congreso nacional.

- Es irrazonable y arbitrario por cuanto, en un solo decreto legislativo, ha derogado y modificado leyes que corresponden a las más variadas materias.

- El decreto no demuestra ni acredita que las Cámaras del Congreso no puedan reunirse por circunstancias de fuerza mayor.

- No se justifica en cada una de las múltiples materias reguladas que exista urgencia objetiva que deba ser solucionada inmediatamente.

- La prueba inequívoca de que el Congreso está en condiciones de reunirse es que el 21 de diciembre se convocó a sesiones extraordinarias.

- Los considerandos del DNU sólo contienen un diagnóstico de la situación del país y un pronóstico de las calamidades que habría que esperar, pero nada dice de las exigencias de la Constitución para dictar un DNU, la imposibilidad de acudir al Congreso y la justificación de la necesidad y la urgencia.

Robaron dólares, cuchillos y valiosas joyas de una vivienda Previo

Robaron dólares, cuchillos y valiosas joyas de una vivienda

El 18 de febrero se realizará la consulta popular de delegados de Los Pinos, San Agustín y Napaleofú Siguiente

El 18 de febrero se realizará la consulta popular de delegados de Los Pinos, San Agustín y Napaleofú

¿Querés estar al tanto de lo que sucede en Balcarce?, Unite GRATIS a nuestro newsletter.

Recibí a tu email