La Justicia Federal salió al cruce de la intervención del Gobierno Nacional en las decisiones legislativas y declaró la invalidez del veto presidencial a la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad. El fallo, dictado por el Juzgado Federal de Campana, responde a una acción de amparo y, si bien sus efectos se limitan al caso particular, establece un importante precedente judicial.
En su resolución, el juez Adrián González Charvay sostuvo que “el derecho a la salud, educación y rehabilitación de niños con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias”.
La decisión declaró específicamente inválido el Artículo Nº3 del Decreto 534/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo había vetado en su totalidad la Ley 27.793. No obstante, el alcance es limitado al caso concreto de los demandantes.
La causa se originó por una demanda presentada por dos personas contra el Estado Nacional y tiene efectos directos sobre las prestaciones que reciben dos menores de edad, identificados como B.N. e Y.N. El juez ordenó que la obra social de los niños adecúe las prestaciones según lo establecido en la ley de emergencia, restituida en este caso, y dispuso que los costos del proceso queden a cargo del Estado Nacional.
Aunque el Gobierno puede apelar la medida, se trata del primer fallo que deja sin efecto el veto presidencial en materia de discapacidad y que podría abrir la puerta a presentaciones similares en distintos tribunales del país.
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