El concejal de La Libertad Avanza, Ignacio Capeccio, presentó en las últimas horas un proyecto de comunicación en el Honorable Concejo Deliberante mediante el cual solicita al Departamento Ejecutivo información detallada sobre la aplicación de la bonificación por productividad prevista en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) para los empleados municipales.
La iniciativa pone el foco en el beneficio establecido en el artículo 31, inciso "s" del CCT, que dispone una bonificación bimestral equivalente al 4% de la recaudación de la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene (TISH), distribuida en forma igualitaria entre los agentes alcanzados, siempre que se cumplan determinados niveles de recaudación fijados anualmente mediante un acta acuerdo.
En los fundamentos, Capeccio sostiene que la TISH es una tasa destinada a financiar el servicio de inspección y control de seguridad e higiene, por lo que considera necesario conocer si la bonificación mantiene relación con la prestación efectiva de ese servicio o si, por el contrario, funciona como un complemento salarial generalizado.
Además, señala que, por tratarse de recursos públicos, es importante contar con información clara sobre los montos distribuidos y los criterios utilizados para su otorgamiento.
Qué información solicita
A través del proyecto, el edil pide que el Ejecutivo informe, desde el año 2023 hasta la actualidad:
- Las actas acuerdo firmadas cada mes de marzo en las que se fijaron los porcentajes de recaudación necesarios para habilitar el pago de la bonificación.
- Los montos bimestrales y anuales efectivamente liquidados y distribuidos a los agentes municipales.
- Qué áreas, dependencias o categorías de empleados reciben ese beneficio, indicando si entre ellos se encuentra el personal que realiza las tareas de inspección de seguridad e higiene.
También solicita información sobre los aportes al STM
En otro de los artículos, el proyecto solicita al Ejecutivo que remita las últimas facturas, comprobantes o documentación respaldatoria presentada por el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) para justificar los fondos recibidos en el marco del artículo 152 del Convenio Colectivo de Trabajo, referido a la "Asistencia Social – Aporte Patronal".
Según ese artículo, el Municipio realiza un aporte convencional al sindicato equivalente a nueve salarios básicos de la categoría administrativa ingresante de 30 horas semanales, además de un 1,5% sobre las remuneraciones brutas de los profesionales que ingresan a la Carrera Profesional Hospitalaria.
Capeccio fundamentó el pedido al considerar que el Concejo Deliberante tiene la responsabilidad de controlar el destino de los fondos públicos y garantizar la transparencia en la administración de los recursos municipales.
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