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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió el universo de contribuyentes que deberán emitir comprobantes electrónicos o utilizar controladores fiscales para respaldar sus operaciones. La medida fue establecida mediante la Resolución General 5893/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

El nuevo esquema comenzará a aplicarse en etapas. Desde el 1° de noviembre de 2026, la obligación alcanzará a determinados pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.

También quedarán comprendidos quienes se encuentren incorporados al Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.

En una segunda instancia, a partir del 1° de marzo de 2027, deberán emitir comprobantes electrónicos los contribuyentes que no estén alcanzados por el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Los sectores incluidos podrán utilizar las herramientas habilitadas por ARCA para generar facturas y demás comprobantes respaldatorios de sus operaciones. De esta manera, el organismo busca extender el sistema de facturación digital a actividades que hasta el momento contaban con determinadas excepciones.

Los comprobantes en formato papel quedarán habilitados únicamente como mecanismo de contingencia, para aquellas situaciones en las que no sea posible utilizar los medios electrónicos autorizados.

La modificación forma parte del proceso de digitalización de las operaciones y fortalecimiento de la trazabilidad fiscal, con la incorporación progresiva de nuevos contribuyentes al régimen general de comprobantes electrónicos.

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