El Gobierno anunció que eliminará las retenciones a cuenta de IVA y Ganancias para las ventas que hagan los comercios con tarjetas de débito, crédito y otros medios electrónicos de pago. Así lo anunció el Ministerio de Economía este martes, que anticipó que la reglamentación tendrá lugar en los próximos días y que será operativa desde el 1° de septiembre. El ministro de Economía Luis Caputo aseguró que esta será la primera medida de una serie que será anunciada a lo largo del próximo mes para reducir “significativamente el costo argentino”.

“En la reglamentación del Paquete Fiscal, el Ministerio de Economía amplió los beneficios al sector privado comprendidos en la norma y definió que ya no habrá más retenciones a cuenta de Ganancias e IVA a los comercios en las ventas con tarjetas de débito, crédito, compra y similares, los agrupadores, los agregadores y los demás procesadores de medios electrónicos de pago”, indicó el Palacio de Hacienda en un comunicado. La Ley de Bases había estipulado un tope de facturación (10 mil unidades UVA) para ese beneficio, pero la reglamentación terminó por incluir a todos sin excepción.

“La medida representa un enorme beneficio al sector privado formal que invierte y apuesta al crecimiento de la economía argentina. La medida permitirá fomentar la formalización de las transacciones, la inclusión financiera y reducir los costos de los sistemas de pagos. También permite avanzar en los objetivos del Gobierno Nacional de impulsar la actividad económica y fomentar la utilización de los medios de pago que otorgan mayor transparencia y formalidad a la economía”, plantearon desde el Ministerio de Economía.

La norma que será publicada en el Boletín Oficial esta semana implica que se dejan sin efecto los regímenes de retención mencionados para los pagos que se efectúen a partir del 1° de septiembre de 2024, inclusive, especificaron.

El Gobierno Nacional convocó además a las provincias a que se adhieran a este régimen y “eliminen las retenciones de Ingresos Brutos y otros tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos comprendidos en la medida”.

El “paquete fiscal”, en su artículo 102, establecía inicialmente que no se aplicaban retenciones por las primeras 10.000 UVAs de facturación del comercio. “En la reglamentación, directamente se optó por mejorar la medida y ampliar el beneficio a través de la eliminación total del sistema de retenciones para IVA e impuestos a las Ganancias para los comercios”, explicaron en Economía.

En la AFIP puntualizaron: “Este beneficio que libera los pagos de las retenciones impositivas nacionales, alcanza a todo el universo de contribuyentes, ya que el Ministerio de Economía amplió el alcance de la medida prevista en el artículo 102 de la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que originalmente comprendía sólo a pequeños contribuyentes y operaciones”.