Más previsiones: Tiempo en 25 días

La Sala V del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires confirmó la condena a prisión perpetua de Nicolás Pachelo por el crimen de María Marta García Belsunce al avalar el fallo de la Sala II que había anulado la absolución de la primera instancia.

Los jueces Manuel Alberto Bouchoux y Fernando Jorge Mateos, de esta manera, rechazaron el recurso que había presentado la defensa debido a que consideraron que Casación actuó conforme a derecho y en base a pruebas suficientes.

En marzo de 2024, las autoridades de la cámara habían considerado que los jueces del Tribunal Oral Criminal N°4 de San Isidro que votaron la absolución del acusado en diciembre de 2022 se equivocaron. Fue muy crítica con los magistrados de la mayoría y adoptaron la tesis del juez Federico Ecke, que avalaba la teoría de la acusación. Así, echó por tierra la absolución y determinó que estaba probada la autoría del ex vecino y que la pena era perpetua.

“Que frente a las pruebas que el propio tribunal tuvo ante sí, las lagunas que presenta la reconstrucción de los hechos y el análisis en torno a la prestación de autoría que debe atribuirse al acusado Pachelo, en todos los casos, discurre en un escenario probatorio extraño a ambivalencias definitorias que, por su presencia, justificaran las dudas en contra de la hipótesis de cargo, adoptándose una decisión desnuda de fundamentos”, reza el fallo de Casación sobre sus pares del tribunal inferior que habían absuelto a Pachelo.

Entonces, los jueces Fernando Mancini Hebeca y María Florencia Budiño hicieron lugar “a los recursos interpuestos por los acusadores”, dejando sin efecto el veredicto absolutorio y “convalidando el veredicto condenatorio de la minoría”.

También remarcaron los jueces la teoría de que la víctima conocía al homicida y que por eso la remató a tiros: “Pero si el autor, no obstante lo ya realizado y alcanzado con el atontamiento de la damnificada, se empeñó en efectuar múltiples disparos más -todos a la cabeza-, varios de ellos con características de remate, debe coincidirse con el forense, en que el matador quería la muerte de García Belsunce en forma inmediata y sin chance en contrario, en tanto con ello podía asegurarse alguna consecuencia de su interés, que en el panorama de circunstancias probadas, dan asidero a la búsqueda de impunidad del asaltante a quien García Belsunce debió reconocer”.

Y subraya además que “el asalto aconteció en el interior de un barrio cerrado, en el que no se verificó vulneración a su perímetro aquel domingo, en donde no ingresaban -en ese día- ni proveedores ni personal de servicios vinculados con el mantenimiento de las propiedades, es evidente que el ejecutor se encontraba en el Carmel pues, o era socio del club o ingresó con uno de ellos, o cuanto menos, con la autorización de un socio, siendo todavía posible que laborara aquel día en el barrio cerrado. No obstante, y en cualquier caso, además, el autor era conocido por la víctima”.

Entonces, concluyeron que el autor tenía “inclinación furtiva, acceso irrestricto al Carmel y conocimiento con María Marta García Belsunce”. Y sumaron una cuarta: “Una cualidad de violencia homicida que, como capacidad, era posesión del ejecutor”.

Te puede interesar:

Información en tu WhatsApp

Se parte de nuestra red, súmate al grupo de RADIO GABAL
y recibí las noticias en tu WhatsApp.